REF. 5827
¡¡VIVIENDA ALQUILADA Y OKUPADA, SOLO PARA INVERSORES, NO SE PUEDE VISITAR!!
¡¡FORMA PAGO CONTADO, SIN FINANCIACION!!
La vivienda se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. Se transmitirá como cuerpo cierto, en el estado registral y catastral en el que se encuentre, estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor
La Propiedad no responderá de la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, estado de conservación, los vicios vistos y aparentes, la regularización registral o catastral, las discrepancias de cabida, que pudieran existir, la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior
Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste
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